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“Las Fuerzas Armadas no pueden actuar en cuestiones de seguridad interna”

Radio Jai dialogó con Daniel Sabsay, abogado constitucionalista, quien dio detalles acerca de los nuevos DNUs (Decreto de Necesidad y Urgencia) en Argentina. Explicó hasta dónde llega la posibilidad de que un decreto de necesidad y urgencia de un presidente de la nación implique la obediencia del mismo como un espacio autónomo como CABA o una provincia.

“La autonomía implica que las provincias se reservan la cantidad de materia. Solo delegan una competencia excepcional en estado federal, esa es la base de la construcción de un estado federal y que surge de nuestro artículo 101”. “Respecto de la Ciudad de Buenos Aires, que adquiere su autonomía con la reforma del 94´, hay una particularidad que es el hecho de ser la sede de la capital federal, entonces por eso la misma constitución prevé que debe dictarse una ley de garantía”. “Esa ley, de ninguna manera contempla la materia de salud, educación, circulación, es decir derechos fundamentales dentro de la Ciudad. Ese DNU irrumpe en una esfera territorial que no es la propia y provoca como una suerte de intervención federal disfrazada”. Incluso con la intervención de fuerzas de seguridad nacionales federales, lo cual agrava la situación.

“También se habla del ejército nacional, infligiendo una ley de seguridad nacional en la cual claramente se establece que las Fuerzas Armadas no pueden actuar en cuestiones de seguridad interna”, aclaró Sabsay.

La Cámara Contencioso Administrativa había determinado que las clases podían seguir siendo presenciales hasta que la Corte Suprema se expida. Luego apareció la sentencia del juez federal Esteban Furnari que volvió a cerrarlas, y hoy citaron a las escuelas privadas y las intimaron mediante una carta a que cerraran nuevamente. La pregunta muy confusa es a quién debe obedecer hoy el director de una entidad educativa cuando recibe esa carta.

“La única sentencia que está en vigencia que es la de la Cámara Contencioso Administrativa y Tributaria de la Ciudad de Buenos Aires que se dictó el domingo pasado porque es el organismo competente dentro de la Ciudad”.  “La sentencia del doctor Furnari me parece lamentable porque el juez federal no es un tribunal de alzada respecto de las decisiones de los jueces provinciales o de CABA”. “Esto lo va a resolver la Corte”.

Si bien no tiene plazo, sería ideal que la Corte tome una decisión antes del 30 de abril, que es cuando supuestamente finalizan las restricciones impuestas por el gobierno. “Quiero creer que lo va a hacer esta semana”, cerró.

Por GS/RJ

Reproducción autorizada por Radio Jai citando el siguiente enlace radiojai.com

 

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