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Sentencia de la Corte Suprema israelí por equidad de género


Después de que la demanda fue rechazada por una composición reducida de 3 miembros del propio Tribunal, la Corte Superior de Justicia fijo una nueva audiencia, a celebrarse ante un panel ampliado, para tratar la acción presentada por una pareja del mismo sexo, que accionó para obtener una sentencia que les permita inscribirse de la misma manera que lo hacen las parejas heterosexuales ante el Registro de las Personas del Ministerio del Interior.
En el mes de julio de 2020, tres jueces del alto Tribunal Superior de Justicia rechazaron la acción judicial planteada por una pareja de mujeres que exigía equivalencia entre parejas heterosexuales y homosexuales en el proceso de inscripción de sus hijos, argumentando que existe una diferencia fundamental entre ellas.
Es así que este martes, la presidenta de la Corte Suprema, Esther Hayut, ordenó celebrar una nueva audiencia, con una composición ampliada de jueces del Tribunal Superior. La acción promovida por la Asociación a favor de las parejas LGBT había sido rechazada. La comunidad LGBT tiene gran expectativa en que el debate renovado conduzca a la abolición de lo que consideran una discriminación.
Actualmente, para que dos personas del mismo sexo puedan ser inscritas como madres o padres de su hijo, se les exige una sentencia judicial que reconozca su “paternidad” o “maternidad”, según el caso. Lo que implica embarcarse en un procedimiento judicial caro y que lleva meses. Eso no ocurre con la inscripción de hijos de parejas heterosexuales o incluso con las monoparentales.
En los fundamentos del rechazo del mes de julio, el juez Hanan Meltzer sostuvo que existe una diferencia relevante entre una pareja heterosexual y una pareja lésbica. En una pareja heterosexual no casada se debe firmar un formulario de reconocimiento de paternidad, indicando que el padre es el padre biológico del niño, mientras que en el segundo caso el cónyuge de la madre biológica no tiene tampoco una filiación biológica con el niño.
Las organizaciones LGBT se expresaron en disconformidad con el fallo, argumentando que no era posible que luego de que las parejas LGBT superaran todas las dificultades que el Estado les había impuesto para tener hijos, no habia razón para que el Estado siguiera aplicando dificultades adicionales.

*Darío Sykuler, abogado matriculado en Argentina e Israel y Secretario de la Cámara de Comercio Argentino israelí.

Reproducción autorizada por Radio Jai citando la fuente.

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