Denuncia de irregularidades en las eleciones de la DAIA
Buenos Aires, 27 de Noviembre de 2024
Señor Presidente de la Delegación de Asociaciones Israelitas Argentinas (DAIA), DF. Jorge Knoblovits
Vicepresidente 1º Sr. Marcos Cohen
Secretario General Sr. Alejandro Zuchowicki
Tesorero Escribano Gabriel Salem
Comité Electoral:
Presidente Sr. Daniel Kohn
Vicepresidente Sr. Guido Sevi
Secretario Sr. Martín Súcari
De nuestra consideración:
Los abajo firmantes, nos dirigimos a Ustedes, a efectos de expresar nuestra gran preocupación por las anomalías que hemos advertido en el reciente proceso electoral, alejando al mismo de los principios que deben regir un acto eleccionario transparente, equitativo y legítimo.
Nos hemos enfrentado con diversas situaciones que estimamos irregulares y contrarias a la normativa estatutaria vigente, y que, por otro Iado modificaron el marco reglamentario inicial propiciado por la propia organización, llegando como consecuencia de esas maniobras a alterar significativamente el resultado final de la elección, afectando la transparencia y legitimidad del proceso.
Reseñamos ciertos actos, que deberán tomarse en consideración de manera urgente por los negativos efectos que han producido, los que resultan cruciales que sean evaluados por su impacto directo en el proceso electoral, a saber:
1º) Se aumentaron este año los votos de determinadas instituciones que se usaron en la Asamblea Electoral del 2024. Lo expuesto fue en franca violación al art. 34 del estatuto que exige una antigüedad no menor de doce meses a la fecha de la convocatoria para ejercer los nuevos votos: aumentó la cantidad de Delegados y consecuentemente de votos para cinco instituciones: a) ORT Argentina: Votó con 5 delegados cuando debía votar con 3. b) Amijai Comunidad: Votó con 2 delegados cuando debía votar con 1. c) Templo Yeshurun – ACISA: Votó con 2 delegados cuando debía votar con 1.d) Yeshiva Jafetz Jaim: Votó con 2 delegados cuando debía votar con 1. e) CSHA Circulo Social Hebreo Argentino: Votó con 2 delegados cuando debía votar con 1.
Todo ello surge de comparar el padrón que nos suministraron el día 15 de febrero del corriente año contra los resultados entregados, lo que ha generado diferencias entre los votos emitidos y los votantes registrados, que si se anulan los votos emitidos por dichas instituciones suman trece (13) votos. Es decir que respecto de los legalmente habilitados HUBO MÁS VOTOS QUE VOTANTES. TOMANDO SOLO ESTE PUNTO YA CAMBIARÍA EL RESULTADO ELECTORAL.
2) Se produjo la violación del art. 35 del estatuto con el voto del VAAD HAKEHILOT. Este art. 35 establece que ninguna institución puede tener más de siete votos, y la Amia emitió siete votos por sí y además votó el Vaad Hakehilot.
3º) El art. 3 establece que las instituciones que tienen el beneficio de cuota diferenciada (art.9) deben tener un sólo Delegado, sin tomar en cuenta la cantidad de miembros que tenga la institución, se incumplió dicha norma al otorgar 4 Delegados y votos a la institución WIZO. Ademas de violar el Estatuto es antidemocrático que se equipare esa representación con instituciones con más de 5 mil socios que abonan sus cuotas regularmente. Dicha institución también votó por el oficialismo y tiene un representante en esa lista de candidatos.
Dada la falta de información proporcionada, desconocemos si hay otras entidades en situación similar.
4º) Durante el proceso electoral, 30 días antes de las elecciones, debían publicarse los padrones con las instituciones y cantidad de delegados pertinentes a cada una de ellas. Conlleva a decir que se contravino el art. 33 por cuanto nunca se comunicó el padrón de instituciones con la cantidad de Delegados y votos que le asignaban a cada una, pese a nuestros reclamos.
Además del incumplimiento estatutario, se impidió que todas las entidades tuvieran la oportunidad de objetar el proceso y corregir la irregularidad, para evitar así la asignación ilegal de mayor cantidad de votos.
5º)Se impidió el voto a tres entidades (Congregación Sefaradí de Enseñanza Culto y Beneficencia; Instituto de Formación Rabínica Reformista; y, Na’amat Argentina). argumentando que enviaron mail designando Delegados fuera del termino establecido por el Consejo Electoral. Dicho plazo no se encuentra contemplado en el Estatuto, razón por la cual no puede impedirse (por una decisión de organización administrativa) que tres instituciones adheridas, con existencia real en la vida comunitaria, con sus cuotas sociales al día, que exteriorizan su voluntad de participar de las Asambleas, se presentaron en la sede de DAIA y también, personalmente el día designado ante el Consejo Electoral para ejercer su derecho y se les impidió hacerlo, tal como surge asentado en el Acta del Consejo Electoral.
A pesar de todo lo descrito no hicimos denuncia ante el órgano de control (IGJ) ni ante la Justicia. Esa omisión de nuestra parte no es producto de un error o de un olvido. Aún con la asesoría de expertos que indicaron que nos asiste derecho, es el producto de la decisión expresa y consensuada de toda la Iista opositora y las instituciones que la integran de evitar exposición pública. Evitar denuncias que, aunque fundadas y justas, hubieran podido ser usadas por los antisemitas para profundizar su accionar.
Por lo aquí expresado, solicitamos el esta primera etapa tengan a bien proceder con la revaluación de los resultados electorales, excluyendo los votos emitidos por aquellas instituciones que participaron con una representación irregular y considerando los votos de las instituciones a quienes se les impidió ejercer su derecho legítimo.
Ante la importancia de resolver esta situación de manera inmediata, solicitamos que, en un plazo máximo de 24 horas a partir de la recepción de esta nota, nos brinden una respuesta y coordinen una reunión con el Sr. Jonathan Lemcovich , con el objetivo de abordar esta situación que requiere una acción inmediata que garantice el cumplimiento de los principios democráticos que sustentan nuestras instituciones. Asimismo, requerimos que esta misiva sea tratada con la confidencialidad que amerita a fin de evitar daños adicionales al prestigio de nuestra comunidad y de la DAIA.
Sin otro particular, saludo muy atentamente
Mario Ricardo Ruschin Isaac Fabián Cohen Chaluh Jonathan Lemcovich
Fundación Judaica Centro educativo Sefaradí Sociedad Hebraica Argentina
M • fin isaac Chaluh Jonathan Lemcovich Judaic CenSo educ tivo Sefaradi Sociedad Hebraica Argentina
instituciones que acompañan el reclamo:
– SOCIEDAD HEBRAICA ARGENTINA
– FUNDACIÓN JUDAICA
– PLURAL JAI
– ORY Asoc. Civil
– BET HILEL
– Asociación Unión lsraelita de Socorros mutuos y religiosos de Avellaneda
“Lehavath Jaim”
– SOCORROS MUTUOS ASOG HEBREA
– CENTRO DE EDUCAC ÓN SEFARADÍ EN JERUSALEM – CESJ
– CONGREGACIÓN SEFARADÍ DE ENSEÜANZA, CULTO Y BENEFICEN A
(TORATEINU)
D. I.li
CLUB CASA
TALPIOT
NATAN GESAHG GUESHER
BRITH ABRAHAM – ASOCIACIÓH ISRAELITA DE GALITZIA
NAAMAT ARGENTINA ATENEO SIONISTA LIBERAL
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