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Aborto, una perspectiva judía

Si alguna vez le preguntan “que opina el judaísmo de tal o cual tema”, la respuesta debe ser: “el judaísmo no opina, son los judíos los que dan su opinión”. El judaísmo se presenta con una multiplicidad de voces que son recogidas especialmente en el Talmud el cual constituye una guardería de interpretaciones de la Biblia. En la Argentina estamos discutiendo por estas fechas la despenalización del aborto lo cual nos da el puntapié para plantear algunas posiciones del aborto basadas en las fuentes tradicionales.

El término hebreo que se utiliza para hablar del aborto es הפלה (hapalá) que proviene del verbo caer. El aborto es la caída de una vida potencial. El judaísmo sacraliza la vida humana induciendo que se pueden violar todas las leyes concernientes al Shabat para salvar una vida. Por otro lugar es importante destacar la importancia que le da la tradición de Israel a la procreación. El traer vida al mundo y poblar la tierra es, según el Sefer Hajinuj, el primer precepto que le es comandado al ser humano.

En la Torá (el Pentateuco) hay 2 referencias al aborto, una explícita y otra implícita. Comencemos con la implícita. En Génesis 9:6 se dice: “El que derrame sangre de hombre, su sangre será derramada por hombre; porque a imagen de D-s él hizo al hombre.” Aquí se hace referencia a uno de los porque de la sacralidad de una vida, de cualquier vida. La vida es sagrada porque fuimos creados a imagen de D-s, quien termina con una vida atenta contra Su suprema creación. Rabi Ishmael (Talmud Sanedrín 57b) interpreta que este versículo habla en relación a quien daña a un feto, que es la sangre que hay dentro del hombre (Shofej dam haadam baadam).

La segunda referencia, como dijimos, es directa. En Éxodo 21:22-23 se dice: Cuando algunos hombres peleen y hieran a una mujer encinta y ésta aborte sin mayor daño, el culpable será multado de acuerdo con lo que le imponga el marido de la mujer y según lo que establezcan los jueces. Pero si ocurre un daño mayor, entonces pagará vida por vida. Rashí comenta en relación a esto que cuando se dice “sin más daño” esto hace referencia a que la mujer no muera a la hora de abortar por lo cual la pérdida del feto se lo considera simplemente como un golpe, una lastimadura, por lo cual el atacante debe retribuir económicamente y no con su vida, como hubiese sido en el caso de que el feto fuera considerado una vida humana. Iosef Caro, gran legislador judío del siglo XV, legisla que terminar con un feto es considerado un daño y no un asesinato.

Hasta acá podemos observar que un aborto significa una pérdida, una pérdida de un futuro potencial, mas no significa, a los ojos de cualquier codificador judío un feticidio. El feto no es considerado una vida humana, un bar kaiama, recién a los 30 días de salir del vientre materno el bebe es considerado una vida autónoma. Durante los meses de gestación el feto es, según la mayoría de las opiniones talmúdicas, un muslo de la madre, una de sus extremidades. El término que utiliza el Talmud (Julin 58a) es ubar ierej imo que es el equivalente a pars viscerum matris, lo que hace referencia a que el feto no tiene una existencia autónoma y que es parte intrínseca del cuerpo de la madre hasta el momento que rompe matriz. De esta noción deducen los sabios talmúdicos (Iebamot 7a) que una mujer que se convierte al judaísmo estando embarazada, el niño al nacer no tiene que convertirse ya que el mismo era una parte suya al momento de la conversión.

Profundicemos algunos conceptos. Desde que se forma el cigoto hasta los 40 días de existencia el mismo es considerado meramente agua, maia bealma hi, dice el texto talmúdico (Iebamot 69b). Ni siquiera es un feto, es agua, un mero liquido, todavía no es siquiera una extensión del cuerpo de su madre. Los sabios también dictaminan que, curiosamente, se considera a una mujer embarazada desde los 3 meses de la gestación. Esto lo hacen por una analogía con Génesis 38:24. Hasta ese momento no decimos que una mujer está embarazada, de allí en más, aunque no se le note el “bulto” así afirmamos (Nida 8b).

La Mishná, texto fundante del Talmud, canonizada en el siglo III nos trae la primer referencia explícita a una legislación sobre el aborto. “A una madre que le es duro tener a su hijo se le golpea el vientre y se lo saca órgano por órgano para que viva la madre. Si sale la mayor parte del cuerpo (cabeza) no acostumbramos a hacer esto porque no reemplazamos una vida por otra.” (Mishná Oholot 7:6) El principio fundante de la posibilidad del aborto es por motivos terapéuticos. Si el feto pone en peligro a la vida de la madre este puede ser terminado para que la madre pueda vivir. Si se considerara que el feto es una vida per se este razonamiento no tendría sentido ya que dijimos que si el mismo sale del cuerpo de su madre ya no podemos poner la vida de la madre antes que la de él porque no reemplazamos una vida por otra (ein dojin nefesh mipnei nefesh). Los legisladores judíos codifican que el feto es considerado un rodef, un perseguidor. El feto que amenaza la vida de la madre debe ser terminado, y ya no es una posibilidad sino una obligación hacerlo. Se lo considera una agresión que debe ser interrumpida para evitar la pérdida de una vida humana.

La razón principal para realizarse un aborto es entonces que el feto ponga en peligro la vida de la madre. Comúnmente se entendía que esto era solo si la dañaba físicamente más desde el siglo XVI varios rabinos han entendido también las violencia desde la perspectiva psicológica y espiritual. Si el feto pone en peligro la salud mental de la madre o la daña psicológicamente de tal manera que no puede continuar su vida se puede, también, terminar con el mismo. Más allá de esta razón son pocos los motivos por los cuales los sabios permiten terminar con un embarazo. Una rara excepción es el Rabino Elieze Waldenberg que permite terminar con un feto “defectuoso” que al nacer sufrirá en demasía por alguna enfermedad genética, o inevitablemente morirá, y esto también les traerá perjuicios a sus padres. Su posición es igual muy criticada por otros sabios.

Estas son las principales fuentes que se utilizan los sabios judíos de cada generación para codificar e instruir a su grey en relación al aborto. Vale la pena recalcar que el judaísmo no dictamina de manera general, ante cada situación se deben presentar ante un rabino que con la jurisprudencia, sus conocimientos y tratando de captar la voluntad divina dictaminará en cada caso.

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