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Conflicto de poderes en el Estado de Israel

Radio Jai - Conflicto de poderes en el Estado de Israel

Por Victor Zajdenberg 

La nociva grieta política

El imbroglio político-jurídico desatado en Israel se manifiesta con declaraciones y acciones que han creado una enorme grieta entre el nuevo Gobierno de Benjamin Netanyahu y la oposición de Lapid-Gantz. Mientras el ex General Gantz se extralimita expresando temor por el posible estallido de una “guerra civil” un diputado del Partido de extrema derecha de la Coalición se desborda diciendo que “hay que poner en prisión a los opositores” por “traición a la patria”. Cuando Lapid, actual opositor, manifestó que “está en juego la Democracia” otro miembro radical dijo que “los líderes de la oposición terminarán esposados”.

Mientras tanto Netanyahu decidía intervenir en la reyerta aclarando que “una enorme manifestación del Pueblo en las últimas elecciones ha elegido este Gobierno, el que será Liberal y Democrático”. “En éste país no se detienen a los opositores pero tampoco se tilda a los ministros de nazis, al Gobierno Judío de Tercer Reich y no se incita a una rebelión civil”. Dany Danon, ex Embajador de Israel en la ONU (Naciones Unidas), ha manifestado que éstas discusiones son inaceptables y debemos tener la responsabilidad de finalizarlas.

La discutida reforma judicial

La gota que rebalsó el vaso fue la “Revolución Jurídica” que planteó el ministro de Justicia Yariv Levin que la oposición describe como la destrucción de la Democracia israelí. Distintas personalidades como la del renombrado periodista y analista Ben Dror Yemini sostienen la necesidad de reformas en la justicia y el equilibrio de poderes entre la Política y la Corte Suprema, pero su opinión es que éstas deben realizarse con la participación de toda la sociedad a fin de que cada uno aporte lo mejor para el país.

El Estado de Israel no tiene una “Constitución” y se basa en “Leyes Constitucionales” adoptadas del sistema turco anterior y del esquema británico previa la independencia. La Ley vigente establece que el presidente de la Corte Suprema es elegido entre los 15 Jueces que la componen (¿no son demasiados? NR). El ministro Levin pretende que el nombramiento del presidente sea designado por fuera del Tribunal Supremo, o sea por la Política. Una de las objeciones al Supremo es su obstaculización de asentamientos judíos mientras indultan la apropiación ilegal de tierras por árabes. Esta discrepancia ni siquiera debería existir pues, guste o no, OSLO 93 especifica las distintas zonas de habitabilidad en Judea y Samaria (Cisjordania). Otra crítica de los Partidos Ortodoxos es que la Corte Suprema implementa principios de la sociedad secular occidental y no toma en cuenta los valores halájicos de la Torá. La mayoría de la población en Israel y los judíos de la Diáspora creen que estas pretendidas inserciones religiosas en el ámbito civil conducirían a un Estado Teocrático (Ej. Irán), las que no han sido contempladas durante el establecimiento del Estado de Israel en 1948: las leyes constitucionales serían civiles y coactivas para toda la ciudadanía, mientras que las leyes halájicas son (y deben ser) usufructuadas voluntariamente por los adeptos a sus normas religiosas.

Uno de los objetivos del nuevo Gobierno de Israel es la modificación de la “Ley de Retorno”, o sea anular la paternidad hasta el abuelo judío que hoy se requiere para obtener la ciudadanía israelí, e implementar el halájico vientre materno judío como única condición. Olvidan los desmemoriados modificadores que, simplemente fue el despreciable Hitler el que la estableció para masacrar, gasear e incinerar a 6 millones de toda clase de judíos.

Una de las reformas que sí deberían analizarse es la llamada “Ley Aharon Barak” que le otorgó a la Corte Suprema el “poder de revisión judicial” para anular leyes votadas por el Parlamento (Knesset) y decisiones ejecutivas del Gobierno. Asimismo, sería ineludible limitar las acciones y derechos del fiscal general y del Asesor del Estado. El Fiscal, una vez presentada y documentada la acusación y la solicitud de sanción debería finalizar su labor y la Corte es la que sentencia y debe exigir su cumplimiento. Actualmente el Fiscal se atribuye derechos post-sentencia que no le corresponden. De igual modo debería procederse con el Asesor del Estado; una vez emitida su opinión debería finalizar su tarea y no proseguirla mediáticamente.

Finalmente, la Corte Suprema debería basar sus sentencias en “pruebas contundentes” y dejar de aplicar lo que sería “El espíritu de la Ley” que en Israel se denomina “Activismo Judicial”, por el cual “todo es judiciable” y los jueces pueden actuar no solo para aplicar la Ley sino para fungir como contrapesos constitucionales al Poder Legislativo y al Poder Ejecutivo, lo que algunos la denominan como “Dictadura Judicial”.

Como puede verse el tema es muy complejo y, como bien dice Ben Dror Yemini, debería ser tratado con el aporte de diversas Instituciones, Personalidades políticas y jurídicas representativas.

Reproducción autorizada citando la fuente con el siguiente enlace Radio Jai

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