{"id":99127,"date":"2021-04-21T13:48:21","date_gmt":"2021-04-21T16:48:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radiojai.com\/?p=99127"},"modified":"2021-04-21T15:09:51","modified_gmt":"2021-04-21T18:09:51","slug":"el-tema-de-fondo-es-el-articulo-5-de-la-constitucion-nacional","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/2021\/04\/21\/99127\/el-tema-de-fondo-es-el-articulo-5-de-la-constitucion-nacional\/","title":{"rendered":"&#8220;El tema de fondo es el art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n Nacional&#8221;"},"content":{"rendered":"<p>Jos\u00e9 Magioncalda es abogado, docente de cursos para graduados en la Universidad de Buenos Aires, y especialista en Derecho Administrativo.<\/p>\n<p>Radio Jai lo contact\u00f3 para conversar acerca de la dif\u00edcil situaci\u00f3n que se atraviesa en la Ciudad de Buenos Aires a prop\u00f3sito de la tension pol\u00edtica existente entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo escenario es la escuela y su continuidad presencial, en virtud de la segunda ola de coronavirus.<br \/>\n&#8220;Estamos ante un conflicto de competencias&#8221;, afirm\u00f3 el magistrado.<\/p>\n<p>La competencia es la aptitud que tiene un tribunal para entender en un determinado proceso, en este caso, la educaci\u00f3n presencial en la Ciudad de Buenos Aires.<\/p>\n<p>El abogado explic\u00f3 a Radio Jai que <strong>la Justicia Federal se declar\u00f3 competente en el caso<\/strong>, suspendiendo de este modo ,- a trav\u00e9s de la decisi\u00f3n de cerrar las escuelas-, la medida cautelar dictada por la Justicia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, de sostener la escuela abierta.<\/p>\n<p>Magioncalda aclar\u00f3 a Radio Jai que el conflicto entre competencias jur\u00eddicas es algo natural y corriente en la Justicia. Cuando esto ocurre, decide una instancia superior a las partes involucradas en el conflicto, como hoy es la Corte Suprema.<\/p>\n<p>La ciudad de Buenos Aires podr\u00eda argumentar que responde al dictamen de la Justicia local.<br \/>\n&#8220;El tema de fondo es el art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n Nacional, que expresa que <strong>para que el Gobierno Federal garantice las instituciones de una provincia ( esto es, para que no deba intervenirlas), cada gobierno provincial debe cumplir con tres atributos propios: Educaci\u00f3n Primaria, R\u00e9gimen Municipal y Administraci\u00f3n de la Justicia local.<\/strong><\/p>\n<p>&#8220;Estas tres instancias son competencia exclusiva y excluyente del estado local, en este caso la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires. Y el art\u00edculo 5 equipara a las tres&#8221;.<\/p>\n<p>&#8220;Supongamos que un DNU suspendiera la justicia local. Todos lo ver\u00edamos como una aberraci\u00f3n. La justicia de la Ciudad seguir\u00eda funcionando, y el gobierno federal, viendo que no se cumple el DNU recurrir\u00eda a la Corte, y la Corte apelar\u00eda al art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n Nacional, dictaminando que no se debe intervenir sobre la Justicia, Municipalidad y Educaci\u00f3n. Es lo mismo las tres instancias.<\/p>\n<p>Exhort\u00f3 a la audiencia a interiorizarse sobre el tema para poder percibir la importancia que tiene para las instituciones de la Argentina:<\/p>\n<p>&#8220;Invito a toda la ciudadan\u00eda a que lea el art\u00edculo 5 de la Constituci\u00f3n Nacional, y vea que el Constituyente puso a la Educaci\u00f3n en el mismo nivel que la Justicia y el R\u00e9gimen Municipal de los Estados Nacionales&#8221;<\/p>\n<p>Acerca de la posibilidad de leer la injerencia del Gobierno Nacional sobre la Ciudad como una virtual intervencion, el abogado alert\u00f3:<\/p>\n<p>&#8220;Se trata de una intervenci\u00f3n en etapas, il\u00edcita e inconstitucional. La primera etapa fue quitar a la Ciudad de manera inconstitucional fondos de coparticipaci\u00f3n. Ahora, decir si pueden o no funcionar las escuelas en la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, es meterse con atribuciones y derechos que son propios del estado local&#8221;.<br \/>\nDeclar\u00f3 que la inhibici\u00f3n a la Gobernaci\u00f3n de la Ciudad para disponer de recursos e instituciones que se tienen a cargo, es impedir que la Ciudad sea un estado aut\u00f3nomo.<\/p>\n<p>Estamos frente a un proceso de intervenci\u00f3n il\u00edcito, &#8220;se empiezan a escuchar argumentos de juristas afines al kirschnerismo que piden intervenci\u00f3n formal de la Ciudad a trav\u00e9s del Congreso Nacional&#8221;.<\/p>\n<p>Por otra parte, ante la pregunta por las escuelas, el jurista se explay\u00f3:<br \/>\n&#8220;A\u00fan cuando la Corte Suprema dictaminara el regreso a las clases presenciales, queda por enfrentar el problema con los gremios docentes.<\/p>\n<p>Los paros son legales cuando se quiere conquistar una lucha salarial o derechos laborales. Pero tanto sea que pidan abrir o cerrar las escuelas a trav\u00e9s de medidas de fuerza, exigir a trav\u00e9s de un paro que un Jefe de Gobierno incumpla decisiones judiciales, son medidas de fuerza por fuera del Derecho, son medidas ilegales&#8221;.<\/p>\n<p>Por DA\/RJ<\/p>\n<p>Reproduci\u00f3n autorizada por Radio Jai citando la fuente con el siguiente enlace <strong><a href=\"https:\/\/www.radiojai.com\">radioja.com<\/a><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jos\u00e9 Magioncalda es abogado, docente de cursos para graduados en la Universidad de Buenos Aires, y especialista en Derecho Administrativo. Radio Jai lo contact\u00f3 para conversar acerca de la dif\u00edcil situaci\u00f3n que se atraviesa en la Ciudad de Buenos Aires a prop\u00f3sito de la tension pol\u00edtica existente entre el Gobierno Nacional y el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo escenario es la escuela y su continuidad presencial, en virtud de la segunda ola de coronavirus. &#8220;Estamos ante un conflicto de competencias&#8221;, afirm\u00f3 el magistrado. La competencia es la aptitud que tiene un tribunal para entender en un determinado proceso, en este caso, la educaci\u00f3n presencial en la Ciudad de Buenos Aires. El abogado explic\u00f3 a Radio Jai que la Justicia Federal se declar\u00f3 competente en el caso, suspendiendo de este modo ,- a trav\u00e9s de la decisi\u00f3n de cerrar las escuelas-, la medida cautelar dictada por la Justicia de la Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, de sostener la escuela abierta. 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