{"id":38300,"date":"2020-01-17T17:19:30","date_gmt":"2020-01-17T20:19:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radiojai.com\/?p=38300"},"modified":"2020-01-17T18:57:02","modified_gmt":"2020-01-17T21:57:02","slug":"presentan-una-querella-para-que-el-ex-titular-de-interpol-no-declare-anticipadamente-en-el-juicio","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/2020\/01\/17\/38300\/presentan-una-querella-para-que-el-ex-titular-de-interpol-no-declare-anticipadamente-en-el-juicio\/","title":{"rendered":"Presentan una querella para que el ex titular de Interpol no declare anticipadamente en el juicio"},"content":{"rendered":"<p>La querella que representa a dos familiares de v\u00edctimas del atentado a la AMIA pidi\u00f3 que dos ex funcionarios de Interpol no declaren anticipadamente en la causa por la firma del memor\u00e1ndum de entendimiento con Ir\u00e1n y que lo hagan durante la tramitaci\u00f3n del juicio oral y p\u00fablico.<\/p>\n<p>La presentaci\u00f3n la hizo hoy Tom\u00e1s Farini Duggan, abogado que representa a Luis Czyzewski y Mario Averbuch, ante el Tribunal Oral Federal 8, que tiene el caso en el que est\u00e1 acusada la ex presidenta y actual vicepresidenta, Cristina Kirchner, y otros funcionarios de su gobierno.<\/p>\n<p>El pedido es en respuesta a un planteo que a fin del a\u00f1o pasado hizo en la causa la defensa de Carlos Zannini, ex secretario de Legal y T\u00e9cnica de la Presidencia, actual procurador del Tesoro de la Naci\u00f3n y uno de los acusados por la firma del memor\u00e1ndum.<\/p>\n<p>La defensa de Zannini, a cargo del abogado Mariano Fraguiero Fr\u00edas, solicit\u00f3 que Ronald Noble, ex titular de Interpol, y Joel Sollier, ex consejero jur\u00eddico en 2013, declaren anticipadamente en el juicio. Los dos cumpl\u00edan funciones en 2013 cuando se firm\u00f3 el memor\u00e1ndum y publicamente se\u00f1alaron que ese tratado no hac\u00eda caer las alertas rojas de detenci\u00f3n sobre los iran\u00edes acusados del atentado a la AMIA. Ninguno de los dos declar\u00f3 hasta ahora en el expediente.<\/p>\n<p>La defensa justific\u00f3 la necesidad de concretar las declaraciones de Noble y Sollier ya mismo porque no hay certezas de que esos dos ex funcionarios de Interpol puedan ser interrogados en Argentina en el juicio oral y desliz\u00f3 que, si algo les pasara, se frustrar\u00eda para siempre la posibilidad de escucharlos en el marco de la causa, generando un perjuicio grave para las defensas. Y agreg\u00f3 que el no haber llamado a esos testigos \u201cdemuestra el tinte pol\u00edtico y utilitario que se le ha impreso a este irregular proceso\u201d.<\/p>\n<p>Pero la querella se opuso. \u201cEl hecho de que Noble y Sollier vivan en el extranjero no justifica sus declaraciones anticipadas. Podr\u00e1n declarar durante la audiencia de debate present\u00e1ndose personalmente o, como lo reconoce la propia defensa en su presentaci\u00f3n, mediante el empleo de medios tecnol\u00f3gicos (a modo de ejemplo, una videoconferencia)\u201d.<\/p>\n<p>Y agreg\u00f3 que se determine \u201csi el pedido de declaraciones anticipadas \u2013sin fundamento que lo justifique\u2013 tiene por objeto evitar la realizaci\u00f3n del juicio oral y p\u00fablico que debe producirse en este proceso\u201d.<\/p>\n<p>Ese punto es clave. Las defensas sostienen que Noble ya dijo p\u00fablicamente que la firma del memor\u00e1ndum no pon\u00eda en riesgo la situaci\u00f3n de detenci\u00f3n de los iran\u00edes. Para los acusadores, el pacto ten\u00eda la intenci\u00f3n de hacer cesar esas \u00f3rdenes.<\/p>\n<p>\u201cEn s\u00edntesis, no se acredit\u00f3 \u2013siquiera se mencion\u00f3\u2013 la existencia de alguna enfermedad, u otra circunstancia que resulte un impedimento real o que al menos pueda hacer pensar que Noble y Sollier no podr\u00e1n declarar durante el debate. Por todo ello, el planteo debe ser rechazado\u201d, se\u00f1al\u00f3 la querella.<\/p>\n<p>Pero el abogado Farini Duggan expuso que la C\u00e1mara Federal se\u00f1al\u00f3 que Noble y Sollier podr\u00edan ser imputados del caso, por lo que no pueden ser testigos. Para las defensas se trata de una maniobra para que no declaren en el juicio. La decisi\u00f3n est\u00e1 en manos del Tribunal Oral Federal 8.<\/p>\n<p>El fiscal Alberto Nisman denunci\u00f3 el 14 de enero de 2015 a Cristina Kirchner, a Zannini, al entonces canciller H\u00e9ctor Timerman (fallecido) y otras personas por el presunto encubrimiento de los acusados del atentado a la AMIA en la firma del memor\u00e1ndum. Cuatro d\u00edas despu\u00e9s Nisman fue encontrado muerto, hecho del que ma\u00f1ana se cumplen cinco a\u00f1os.<\/p>\n<p>La denuncia de Nisman primero fue archivada pero luego reabierta y el caso se encuentra hoy en etapa de juicio oral. Por eso caso, Zannini, el dirigente social Luis D\u2019El\u00eda y el dirigente de Quebracho Fernando Esteche estuvieron detenidos. Inclusive, la ex presidenta tuvo un pedido de prisi\u00f3n preventiva que fue revocada a fines del a\u00f1o pasado.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, la presentaci\u00f3n completa:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Excmo. Tribunal Oral:<\/p>\n<p>Tom\u00e1s Farini Duggan, letrado apoderado de la querella, en la causa n\u00b0 14.305\/2015, manteniendo el domicilio constituido en la Av. C\u00f3rdoba n\u00b0 1432, 6\u00ba, \u201cA\u201d, CABA, y virtual en 20-21668208-5, con el patrocinio letrado de Juan Jos\u00e9 Avila, a V.S. decimos:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>I.<strong><u>El prop\u00f3sito<\/u><\/strong>:<\/p>\n<p>La defensa de Carlos Zannini alega que Ronald K. Noble y Joel Sollier residen en el extranjero y que por ello podr\u00eda presumirse que no concurrir\u00e1n al debate, \u201cconfigur\u00e1ndose \u2026 una de las causales previstas por el C\u00f3digo expresamente para autorizar su declaraci\u00f3n antes del inicio del juicio, pues configurar\u00eda la hip\u00f3tesis del \u201cimpedimento\u201d al que se refiere\u2026 la regla del art 357\u2026\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>El hecho de que Noble y Sollier vivan en el extranjero no justifica sus declaraciones anticipadas. Podr\u00e1n declarar durante la audiencia de debate present\u00e1ndose personalmente o, como lo reconoce la propia defensa en su presentaci\u00f3n, mediante el empleo de medios tecnol\u00f3gicos (a modo de ejemplo, una video conferencia).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Por su parte, Lu\u00eds Moreno Ocampo (quien cumpli\u00f3 la doble funci\u00f3n de 1- interceder, a pedido de Timerman, ante la DAIA para que no se oponga al Memor\u00e1ndum de entendimiento con Ir\u00e1n \u2013seg\u00fan lo reconoci\u00f3 en el reciente documental transmitido en Netflix sobre la muerte del Fiscal Nisman- y 2- asesorar a Ronald Noble en este expediente; se adjunta copia del escrito respectivo) declar\u00f3 p\u00fablicamente que el sentido de la presentaci\u00f3n era otro: \u201c<strong><u>Si Noble declara, se acaba la causa<\/u><\/strong>\u201d (se aportan en copias algunas de las notas period\u00edsticas que transcriben sus declaraciones).<\/p>\n<p>Consecuentemente, solicitamos que se determine si el pedido de declaraciones anticipadas -sin fundamento que lo justifique- tiene por objeto \u201cevitar\u201d la realizaci\u00f3n del juicio oral y p\u00fablico que debe producirse en este proceso, como lo sugiri\u00f3 Moreno Ocampo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<ol>\n<li>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 <strong><u>La prueba debe producirse durante el debate:<\/u><\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Contrariamente a lo que sostiene en su planteo, la defensa de Zannini no solicit\u00f3 las declaraciones de Noble y Sollier como una medida de instrucci\u00f3n suplementaria (fs.10.215\/10.220).<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en su presentaci\u00f3n reconoce que el hecho de residir en el extranjero no resulta un impedimento para obtener las declaraciones de los nombrados durante el debate.<\/p>\n<p>Concretamente, en el punto IV, titulado: Implementaci\u00f3n de las declaraciones, se\u00f1ala: \u201c<em>\u2026 no podemos desconocer que los adelantos tecnol\u00f3gicos a los que Vuestras Excelencias ya estas<\/em>(n) <em>acostumbrados, pues con frecuencia los han utilizado en otros procesos, habilitar\u00edan que por ejemplo en la sede de <\/em>(la) <em>Embajada o representaci\u00f3n diplom\u00e1tica en el Pa\u00eds que se encuentren los testigos, mediante videoconferencia se desarrollen las declaraciones con la debida intervenci\u00f3n de las partes\u201d<\/em> y que <em>\u201cEn definitiva, las alternativas de implementaci\u00f3n son variadas\u2026\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>Incluso el propio Noble, a trav\u00e9s de una presentaci\u00f3n en esta causa (en copia adjunta), anticip\u00f3: <em>\u201cEstoy dispuesto a concurrir inmediatamente a la Embajada o al Consulado Argentino en Emiratos \u00c1rabes Unidos donde resido para ratificar la firma de este escrito o <strong><u>para responder a sus preguntas por video conferencia <\/u><\/strong>\u2026\u201d<\/em> (el subrayado nos pertenece).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En s\u00edntesis, no se acredit\u00f3 \u2013siquiera se mencion\u00f3- la existencia de alguna enfermedad, u otra circunstancia que resulte un impedimento real o que al menos pueda hacer pensar que Noble y Sollier no podr\u00e1n declarar durante el debate. Por todo ello, el planteo debe ser rechazado.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>III. <strong><u>La Excma. C\u00e1mara Federal orden\u00f3 investigar a los miembros de Interpol que participaron en las negociaciones y puesta en pr\u00e1ctica del art. 7 del memor\u00e1ndum<\/u><\/strong>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Noble y Sollier <strong><u>no pueden declarar como testigos en este proceso<\/u><\/strong> pues, al confirmar los procesamientos dictados, la Excma. C\u00e1mara dispuso investigar \u201c<em>\u2026 <strong><u>la actuaci\u00f3n\u2026 cambiante, de ciertos miembros de Interpol<\/u><\/strong> a lo largo de las negociaciones, la puesta en pr\u00e1ctica del art. 7 del memor\u00e1ndum y despu\u00e9s. Desde ese punto de vista, corresponder\u00e1 en lo que sigue <strong><u>revisar la manera en que se ha instado la participaci\u00f3n en el proceso de Ronald Noble, merituando las intervenciones formales e informales que tuvo, incluso durante el tr\u00e1mite de esta apelaci\u00f3n<\/u><\/strong>\u201d<\/em><a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a>.<\/p>\n<p>.<\/p>\n<p>En adelante expondremos las principales razones que a nuestro entender, justifican la imputaci\u00f3n formulada por la Excma. C\u00e1mara:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>1)Mediante la nota del art\u00edculo 7 tanto Ir\u00e1n como nuestro pa\u00eds informaron a Interpol \u201c<em>\u2026<strong><u>que las cuestiones entre ellos sobre el caso AMIA ser\u00e1n resueltas a trav\u00e9s de la Cooperaci\u00f3n bilateral<\/u><\/strong>\u201d<\/em>; y por ello -mediante exhorto de fecha 4 de noviembre de 2017- la Rep\u00fablica Isl\u00e1mica de Ir\u00e1n expone que de esa forma ambos pa\u00edses \u201c<em>\u2026solicitaron a Interpol poner fin a las obligaciones de esa instituci\u00f3n con respecto a la causa AMIA\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>Sin embargo, Noble pretende que sobre las alertas rojas (punto 10 de escrito titulado \u201cSe ofrece como testigo\u201d presentado en esta causa) \u201c<em>Solo una decisi\u00f3n del Juez Argentino o de la Oficina de Interpol en Buenos Aires con el acuerdo del Juez Argentino pod\u00eda dejarlas sin efecto\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>V.E., Luis Fuensalida (quien fue encargado de Interpol Argentina) desminti\u00f3 por completo esa afirmaci\u00f3n, al declarar \u201c<em>que la medida de suspender las circulares rojas en el a\u00f1o 2004 <strong><u>sin previa consulta a la justicia argentina<\/u><\/strong> \u00a0fue una actitud poco objetiva de parte de Noble (Sic)\u201d<\/em>.\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Fuensalida tambi\u00e9n confirm\u00f3 las sospechas sobre el verdadero rol que cumplieron los funcionarios de Interpol en la trama del memor\u00e1ndum, y sobre los peligros que import\u00f3 su firma para la vigencia de las alertas rojas, al declarar que <em>\u201c\u2026 el Dr. Martha, a cargo de la Oficina de Asuntos Jur\u00eddicos de la Secretar\u00eda General, me dijo que iban a buscar una soluci\u00f3n diferente para la cuesti\u00f3n suscitada entre Ir\u00e1n y nuestro pa\u00eds. Entre el mes de junio y agosto del a\u00f1o 2005, la Secretar\u00eda General me hizo llegar dos propuestas de soluci\u00f3n por el tema de las circulares rojas. La primera de las propuestas dec\u00eda que las partes aceptar\u00e1n a un jurisconsulto de probada idoneidad y prestigio internacional, como ser el ex juez de la Real Audiencia Espa\u00f1ola, el Dr. Baltazar Garz\u00f3n, para que mediara en la controversia. La segunda propuesta dec\u00eda de conformar un panel compuesto por dos jurisconsultos para cada una de las partes, pero de distinta nacionalidad a ellas, quienes a su vez deb\u00edan elegir un quinto jurisconsulto tambi\u00e9n de distinta nacionalidad de las partes. Ello a fin de dar una soluci\u00f3n a la controversia entre ambos pa\u00edses. Tales propuestas se transmitieron a los Dres. Canicoba Corral y Nisman, quienes las rechazaron por escrito\u2026 Vale agregar que <strong><u>Noble fue el responsable de comunicar las propuestas, pero desconozco quien las ide\u00f3. La segunda de las propuestas tiene llamativa coincidencia con el memor\u00e1ndum de entendimiento firmado con Ir\u00e1n en el a\u00f1o 2013. La firma del memor\u00e1ndum con Ir\u00e1n potencialmente pod\u00eda haber suspendido la vigencia de las ciruclares rojas<\/u><\/strong> ya que hasta tanto se expidiera la Comisi\u00f3n de la Verdad, exist\u00edan posibilidades que esto ocurriera dado su contenido\u2026 <strong><u>recu\u00e9rdese el antecedente de la suspensi\u00f3n preventiva de septiembre del a\u00f1o 2004 a noviembre del a\u00f1o 2007<\/u><\/strong>\u2026\u201d<\/em> (el subrayado no pertenece al original).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>2) El Dr. Garc\u00eda Morit\u00e1n al declarar como testigo explic\u00f3 que inmediatamente despu\u00e9s de que en el a\u00f1o 2007 INTERPOL anot\u00f3 las alertas rojas, <strong><u>los delegados de Ir\u00e1n se reunieron con Ronald Noble y fue \u00e9ste quien les explic\u00f3 que podr\u00edan lograr su levantamiento de dos formas<\/u><\/strong>: 1) que el juez de la causa lo ordenara y <strong><u>2) que se llegara a un acuerdo pol\u00edtico entre los dos pa\u00edses. El acuerdo pol\u00edtico, sugerido por Noble, se cristaliz\u00f3 en la cl\u00e1usula 7\u00aa del memor\u00e1ndum<\/u><\/strong>.<\/p>\n<p>3) Marcelo Chiapero (encargado de la Divisi\u00f3n Asuntos Internacionales de la OCN Buenos Aires desde 2013), tambi\u00e9n explic\u00f3 que <strong><u>la ca\u00edda de las alertas rojas era una facultad de Interpol<\/u><\/strong> por aplicaci\u00f3n del art. 3 del Estatuto de la Organizaci\u00f3n; adem\u00e1s, exist\u00edan antecedentes como el caso \u201cRainbow Warrior\u201d, donde la Secretar\u00eda General de Interpol, de manera unilateral, dio de baja notificaciones rojas al tomar conocimiento que los estados involucrados (Francia y Nueva Zelanda) hab\u00edan iniciado negociaciones bilaterales al respecto.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>4) A lo largo del proceso ha quedado claro el criterio que las defensas y Noble pretenden imponer: <strong><u>que la presentaci\u00f3n de la nota del art\u00edculo 7 del memor\u00e1ndum en Interpol no hizo peligrar las alertas rojas<\/u><\/strong>.<\/p>\n<p>Sin embargo, Rutsel Martha (Asesor Legal de Interpol hasta el a\u00f1o 2008) al ser entrevistado por Carlos Gurovich (para el programa #12 de \u00f1ews24 en Espa\u00f1ol, el 26 de julio de 2016) afirm\u00f3: \u201c<em><u>Si yo hubiese sido el Asesor Legal de Interpol cuando se firm\u00f3 el Memor\u00e1ndum, si hubiera sido firmado\u2026 una vez firmado por los dos pa\u00edses, y recibido en Interpol, mi recomendaci\u00f3n al Secretario General habr\u00eda sido<\/u><\/em><strong><u>: <em>\u2018cancelar las alertas rojas\u2019<\/em><\/u><\/strong>\u201d.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>5)Dos d\u00edas despu\u00e9s de que el Fiscal Nisman present\u00f3 esta denuncia (el d\u00eda 14 de enero), H\u00e9ctor T\u00edmerman hizo p\u00fablico, mediante una conferencia de prensa, el mail que, afirm\u00f3, <strong><u>le hab\u00eda enviado Ronald Noble ese mismo d\u00eda; es decir, el 16 de enero de 2015<\/u><\/strong>.<\/p>\n<p>Concretamente, el ex canciller inici\u00f3 la conferencia de prensa afirmando: \u201c<em>Hoy a la ma\u00f1ana me comuniqu\u00e9 con quien fuese secretario general de Interpol desde el a\u00f1o 2000 al 2014, el Sr. Ronald Noble, porque quer\u00eda informarle lo que estaba sucediendo en la Argentina y sobre las difamaciones que estaban ocurriendo sobre la relaci\u00f3n de argentina con Interpol. El Sr. Noble me dijo que estaba enterado por los medios de prensa internacionales, que no pod\u00eda creer lo que hab\u00eda le\u00eddo, sobre todo el ataque contra la Presidenta de la Rep\u00fablica, Cristina Fern\u00e1ndez de Kichner, <strong><u>y me envi\u00f3 el siguiente correo electr\u00f3nico<\/u><\/strong> que quiero leerles\u2026\u201d<\/em>. Luego de su lectura Timerman conclu\u00eda que la denuncia realizada por el Fiscal Nisman era una mentira, al referir \u201c<strong><em><u>habr\u00eda que preguntarle por qu\u00e9 sigue mintiendo y si no deber\u00eda decir la verdad<\/u><\/em><\/strong><em>\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>Sin embargo, en el servidor correspondiente a la Canciller\u00eda <strong><u>no existe ning\u00fan mail remitido por Noble a Timerman<\/u><\/strong>. Por el contrario, el \u00fanico texto vinculado, es aqu\u00e9l remitido entre Poffo y Zuain, de fecha 16 de enero de 2015, mediante el cual se copian, como documento adjunto, la \u201ccarta de Noble\u201d.<\/p>\n<p>El an\u00e1lisis del documento adjunto a ese mail revel\u00f3: 1) que el documento titulado \u201ccarta de Noble\u201d, en realidad se trata de un documento de \u201cWord\u201d creado el 16 de enero de 2015, desde un equipo propiedad del Ministerio de Relaciones Exteriores (seg\u00fan la propia identificaci\u00f3n del autor del documento), y para su edici\u00f3n se emplearon 92 minutos. 2) los datos referidos al supuesto autor (Ronald Noble) fueron obtenidos de un mail (probablemente uno genuino de Noble) y copiados en el texto del documento de Word.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>En s\u00edntesis, los funcionarios de interpol que la c\u00e1mara orden\u00f3 investigar (principalmente, Ronald Noble) no pueden ser citados como testigos en este proceso sino, eventualmente, indagados (conforme fue solicitado por esta querella el d\u00eda 22 de febrero de 2018).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>IV.<strong><u>Las declaraciones ante la prensa de Moshen Rabbani:<\/u><\/strong><\/p>\n<p>El d\u00eda 10 de enero del corriente a\u00f1o, a las 8:00 am, Moshen Rabbani concedi\u00f3 una entrevista period\u00edstica a Gustavo Sylvestre (en el programa denominado \u201cMa\u00f1ana Sylvestre\u201d), que fue transmitida por Radio 10.<\/p>\n<p>En esa entrevista, quien fue se\u00f1alado como el cerebro del atentado a la AMIA y sobre quien pesa una de las circulares rojas de Interpol, no solo afirm\u00f3 que el Fiscal Nisman fue asesinado para evitar su declaraci\u00f3n ante el Congreso de la Naci\u00f3n (cuando, seg\u00fan informaci\u00f3n period\u00edstica, Ir\u00e1n dict\u00f3 una \u201cfatwa\u201d \u2013condena a muerte- contra Nisman por su labor en la causa AMIA); sino que adem\u00e1s: 1) se refiri\u00f3 a los millones de d\u00f3lares que Ir\u00e1n giraba a la Argentina por compras; 2) explic\u00f3 que el Gobierno de Cristina Fern\u00e1ndez quer\u00eda resolverlo pero no lo dejaron y 3) en tres oportunidades a lo largo de la entrevista (frente a la insistencia de los periodistas) dej\u00f3 en claro que no estaba dispuesto a declarar en la causa AMIA (\u201c<em>Si alguien no hizo qu\u00e9 va a declarar?<\/em>\u201d).<\/p>\n<p>Por las razones expuestas y trat\u00e1ndose de un hecho nuevo, solicitamos que se requiera a la producci\u00f3n de Radio 10 una copia de la entrevista period\u00edstica, se proceda a su desgravaci\u00f3n y se incorpore (por lectura y\/o exhibici\u00f3n) como prueba al debate. <strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Proveer de conformidad que,<\/p>\n<p>Ser\u00e1 Justicia.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>[1] Conf. resoluci\u00f3n de fecha 21 de diciembre de 2017; el subrayado no pertenece al original.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La querella que representa a dos familiares de v\u00edctimas del atentado a la AMIA pidi\u00f3 que dos ex funcionarios de Interpol no declaren anticipadamente en la causa por la firma del memor\u00e1ndum de entendimiento con Ir\u00e1n y que lo hagan durante la tramitaci\u00f3n del juicio oral y p\u00fablico. La presentaci\u00f3n la hizo hoy Tom\u00e1s Farini Duggan, abogado que representa a Luis Czyzewski y Mario Averbuch, ante el Tribunal Oral Federal 8, que tiene el caso en el que est\u00e1 acusada la ex presidenta y actual vicepresidenta, Cristina Kirchner, y otros funcionarios de su gobierno. El pedido es en respuesta a un planteo que a fin del a\u00f1o pasado hizo en la causa la defensa de Carlos Zannini, ex secretario de Legal y T\u00e9cnica de la Presidencia, actual procurador del Tesoro de la Naci\u00f3n y uno de los acusados por la firma del memor\u00e1ndum. La defensa de Zannini, a cargo del abogado Mariano Fraguiero Fr\u00edas, solicit\u00f3 que Ronald Noble, ex titular de Interpol, y Joel Sollier, ex consejero jur\u00eddico en 2013, declaren anticipadamente en el juicio. Los dos cumpl\u00edan funciones en 2013 cuando se firm\u00f3 el memor\u00e1ndum y publicamente se\u00f1alaron que ese tratado no hac\u00eda caer las alertas rojas de detenci\u00f3n &hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":38335,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[33,60],"tags":[],"class_list":["post-38300","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-argentina","category-causa-amia"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38300","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=38300"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/38300\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/38335"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=38300"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=38300"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=38300"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}