{"id":186753,"date":"2025-07-04T11:18:01","date_gmt":"2025-07-04T14:18:01","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radiojai.com\/?p=186753"},"modified":"2025-07-04T11:18:01","modified_gmt":"2025-07-04T14:18:01","slug":"atentado-a-la-amia-y-juicio-en-ausencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/2025\/07\/04\/186753\/atentado-a-la-amia-y-juicio-en-ausencia\/","title":{"rendered":"Atentado a la AMIA y juicio en ausencia"},"content":{"rendered":"<p class=\"com-paragraph  --capital --s\">Tras 31 a\u00f1os de espera en b\u00fasqueda de justicia por el atentado a la AMIA, finalmente el juez Rafecas dispuso la elevaci\u00f3n a juicio oral y p\u00fablico, mediante la aplicaci\u00f3n de la ley 27.784,\u00a0<strong>com\u00fanmente conocida como <a href=\"https:\/\/www.radiojai.com\/?s=Juicio+en+ausencia\">ley de Juicio en Ausencia<\/a>.<\/strong>\u00a0Al d\u00eda siguiente de la entrada en vigencia, la acusaci\u00f3n privada de Luis Czyzewski y Mario Averbuch, representados por el abogado Tom\u00e1s Farini Duggan, solicitaron ante el juzgado de Instrucci\u00f3n la rebeld\u00eda de los iran\u00edes y miembros de Hezbollah identificados en la causa con distintos grados de responsabilidad criminal, para que puedan ser juzgados debidamente ante el Tribunal Oral que salga sorteado, y que en esa instancia puedan ventilarse p\u00fablicamente todas las pruebas obtenidas en estas tres d\u00e9cadas, que son la base de la acusaci\u00f3n contra los funcionarios p\u00fablicos iran\u00edes al momento del atentado en 1994, Rabbani, Asghari, Fallahijan, Soleimanpour, Velayati, Rezai y Vahidi (estos 3 \u00faltimos con cargos en el gobierno actual), y los libaneses Salman Rauf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Con un mismo enfoque y objetivo procesal, el fiscal Basso realiz\u00f3 un pormenorizado requerimiento mencionando los tratados vulnerados por los acusados, describiendo pormenorizadamente la conducta endilgada a cada mencionado, y como de distintas formas, ellos se sustraen voluntariamente del accionar de la justicia argentina, cuya jurisdicci\u00f3n desconocen plenamente, con excepci\u00f3n de Mouzannar, cuyo abogado Gramajo intent\u00f3 presentarse en la causa antes de la existencia de la presente ley.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Estos pedidos tuvieron la oposici\u00f3n jur\u00eddica del defensor oficial de los acusados, Dr. Hern\u00e1n Silva, que gir\u00f3, como describe el juez Rafecas,\u00a0<strong>en 5 ejes principales:<\/strong>\u00a01) Afectaci\u00f3n a garant\u00edas constitucionales y convencionales. 2) Aplicaci\u00f3n retroactiva de una ley procesal m\u00e1s gravosa. 3) El car\u00e1cter\u00a0<em>ad hoc<\/em>\u00a0de la ley (enti\u00e9ndase ley creada para AMIA). 4) Est\u00e1ndares internacionales e inexistencia de los supuestos de procedencia. 5) Rechazo a la intervenci\u00f3n forzada de la Defensor\u00eda P\u00fablica Oficial.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Bajo estas circunstancias, los argumentos del juez fueron contundentes y s\u00f3lidos a la hora de contestar cada uno de los puntos. Algunos de estos, fueron: los principales tribunales penales internacionales sostuvieron la posibilidad de juzgar en ausencia, con la obligaci\u00f3n de un defensor t\u00e9cnico. Ejemplo: Martin Bormann, defendido en N\u00fcremberg por Bergold, quien logr\u00f3 su absoluci\u00f3n por dos cargos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Suprema de Justicia, bajo ciertos aspectos, autorizan la realizaci\u00f3n, si el condenado tiene la posibilidad de un nuevo juicio y as\u00ed lo contempla la ley.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Agrega que los rebeldes han optado por no someterse a la justicia argentina, sabiendo que eran requeridos, e intentaron mediante el Memorando de Entendimiento con Ir\u00e1n hacer caer las alertas rojas, operando en consecuencia.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Otra respuesta fue que el defensor viene interviniendo hace a\u00f1os en la causa, o sea,<strong>\u00a0no fue impuesto como se pretende hacer valer.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Aqu\u00ed, agrego a lo sostenido por el juez Rafecas que la ley 27.784 no es una ley al efecto de la causa AMIA, sino que tiene que ver con impedir la impunidad de criminales de lesa humanidad, entre los otros cr\u00edmenes legislados, toda vez que la primera solicitud de juzgar en ausencia fue contra el pr\u00f3fugo de la dictadura capell\u00e1n Franco Reverberi Boschi, refugiado en Italia, con la intervenci\u00f3n de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de San Rafael, Mendoza, donde la justicia federal hizo lugar al pedido.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Es de mencionar que da respuesta a las querellas que se opusieron, refiriendo el juez que el juicio en ausencia, por m\u00e1s limitado que sea, es una herramienta que permite conocer la verdad, reconstruir lo ocurrido, y darles a las v\u00edctimas un lugar donde expresarse p\u00fablicamente en el proceso. Y en el caso de surgir algo nuevo, puede enviarse a la instrucci\u00f3n para que sea investigado. Es decir,\u00a0<strong>la causa no se cierra si existen nuevos elementos para investigar.<\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">Los juicios en ausencia son medidas excepcionales antiimpunidad para cr\u00edmenes grav\u00edsimos, que, en el caso de llegar a haber una hipot\u00e9tica sentencia condenatoria firme contra un funcionario p\u00fablico extranjero, abre las puertas para exigir reparaciones ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya, para que el Estado Argentino haga el reclamo jur\u00eddico internacional. Esto demuestra un efecto de prevenci\u00f3n, toda vez que no existe el terrorismo si no hay dinero.<\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\">En definitiva, el nombre de la ley deber\u00eda ser: por fin se pens\u00f3 en las v\u00edctimas y sus derechos, cuyas vidas fueron cercenadas por mercenarios terroristas.\u00a0<strong>Bienvenida sea.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>Por <a href=\"https:\/\/www.radiojai.com\/?s=Franco+Fiumara\">Franco Fiumara<\/a><\/strong><\/p>\n<p class=\"com-paragraph   --s\"><em><strong>Juez del Tribunal 4 de La Matanza<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Fuente: La Naci\u00f3n<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/2025\/06\/29\/186488\/memoria-activa-en-contra-del-juicio-en-ausencia-por-el-atentado-de-la-amia\/#google_vignette\">Memoria Activa, en contra del juicio en ausencia por el atentado de la AMIA \u2013 Radio JAI<\/a><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.radiojai.com\/index.php\/2025\/06\/27\/186435\/luis-czyzewski-tras-la-aprobacion-del-juicio-en-ausencia-cumpli-con-el-mandato-que-me-dio-mi-hija\/#google_vignette\">Luis Czyzewski tras la aprobaci\u00f3n del juicio en ausencia: \u201cCumpl\u00ed con el mandato que me dio mi hija\u201d \u2013 Radio JAI<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Tras 31 a\u00f1os de espera en b\u00fasqueda de justicia por el atentado a la AMIA, finalmente el juez Rafecas dispuso la elevaci\u00f3n a juicio oral y p\u00fablico, mediante la aplicaci\u00f3n de la ley 27.784,\u00a0com\u00fanmente conocida como ley de Juicio en Ausencia.\u00a0Al d\u00eda siguiente de la entrada en vigencia, la acusaci\u00f3n privada de Luis Czyzewski y Mario Averbuch, representados por el abogado Tom\u00e1s Farini Duggan, solicitaron ante el juzgado de Instrucci\u00f3n la rebeld\u00eda de los iran\u00edes y miembros de Hezbollah identificados en la causa con distintos grados de responsabilidad criminal, para que puedan ser juzgados debidamente ante el Tribunal Oral que salga sorteado, y que en esa instancia puedan ventilarse p\u00fablicamente todas las pruebas obtenidas en estas tres d\u00e9cadas, que son la base de la acusaci\u00f3n contra los funcionarios p\u00fablicos iran\u00edes al momento del atentado en 1994, Rabbani, Asghari, Fallahijan, Soleimanpour, Velayati, Rezai y Vahidi (estos 3 \u00faltimos con cargos en el gobierno actual), y los libaneses Salman Rauf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. 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